Ley prohíbe negocios que promuevan a capos

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La Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) intervino este jueves un negocio de expendio de bebidas alcohólicas que iba a empezar a operar en Baní, provincia Peravia, tras comprobar que su estrategia publicitaria utilizaba imágenes de capos internacionales del narcotráfico, práctica prohibida por la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana.

El establecimiento, denominado «Sinaloa Drink», mostraba en su fachada imágenes promocionales de figuras como Joaquín «el Chapo» Guzmán y sus hijos Ovidio Guzmán e Iván Archivaldo Guzmán Salazar.

También el nombre del negocio hace referencia al cartel de Sinaloa, una poderosa organización criminal transnacional originaria de la región de Sinaloa, México, conocida por su dominio en el tráfico de drogas y otras actividades ilícitas a nivel internacional.

La utilización de estas referencias, según el Ministerio Público, constituye una violación directa al artículo 36 de la Ley 50-88, que prohíbe cualquier tipo de publicidad o propaganda que incite o favorezca el consumo y el tráfico ilícito de sustancias controladas.

«Se prohíbe cualquier tipo de publicación, publicidad, propaganda o programas a través de los medios de comunicación, que contengan estímulos y mensajes subliminales, auditivos, impresos o audiovisuales que tiendan a favorecer el consumo y el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas», refiere el artículo 36 de la citada normativa.

En videos difundidos en redes sociales, uno de los propietarios del negocio cerrado alegó contar con los permisos correspondientes para operar y defendió que las imágenes eran de «actores de novelas», no de criminales.

Sin embargo, tras denuncias recibidas por distintas vías, las autoridades procedieron a allanar y clausurar el local, ubicado en la calle Genoveva, sector Santa Rosa, que tenía previsto iniciar sus operaciones este sábado 6 de septiembre.

La Fuerza de Tarea valoró el comportamiento cívico de la población banileja al denunciar la situación.
Sancionan la promoción del tráfico de drogas

El abogado Félix Porte recordó que la Ley 50-88 sanciona no solo a quienes incitan de forma explícita, sino también a quienes, mediante propaganda escrita, audiovisual, artística o de cualquier otra naturaleza, faciliten la promoción del tráfico de drogas.

En un mensaje publicado en su cuenta de X, indicó que las sanciones contemplan multas, prisión y hasta la clausura de establecimientos, dependiendo de la gravedad, la reiteración y los daños causados.

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