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Las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia desacataron una decisión del Tribunal Constitucional (TC) situación que motivó a que la Alta Corte emitiera otro fallo en el que reafirma que el derecho a la pensión es irrenunciable y le señala al Poder Judicial la obligatoriedad de dar cumplimiento a sus decisiones porque la última palabra en materia Constitucional la tiene el TC.
En la sentencia 0271/18 los jueces explican que cuando ese órgano de justicia constitucional especializada acoge un recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, “por mandato de lo que establecen los numerales 9 y 10 del artículo 54 de dicha ley, se produce la anulación de la sentencia recurrida, trayendo esto por consecuencia la obligación del tribunal receptor de la decisión de conocer nuevamente el caso con estricto apego al criterio consignado en la sentencia del Tribunal Constitucional”. (Seguir Leyendo)
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