Estas son las personas que podrán circular en las calles por las nuevas medidas dictadas por el gobierno ante el nuevo toque de queda.
El permiso está contenido en el decreto 740-20, emitdio esta mañana por la Presidencia de la República Dominicana.
«A. Personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico.
B. Personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmaciaC. Personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas.
D. Miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados
E. Operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadores de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
F. Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustibles debidamente identificados exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.